20 años de acceso público a los documentos de la UE: ¿es hora de un cambio de imagen?

20 años de acceso público a los documentos de la UE: ¿es hora de un cambio de imagen?

20 años de acceso público a los documentos de la UE: ¿es hora de un cambio de imagen?

Este año marca el vigésimo aniversario de la entrada en vigor de la ‘ley de transparencia’ de la UE (oficialmente, Reglamento 1049/2001), una medida que dio expresión concreta al derecho de acceso público a los documentos de la UE y aumentó significativamente la responsabilidad de la administración de la UE.

Dos décadas después, la práctica de solicitar acceso público a los documentos está ahora bien establecida, utilizada por los medios de investigación, por grupos de interés y activistas de la sociedad civil, por empresas tanto grandes como pequeñas y, no menos importante, por los propios ciudadanos.

Como Defensor del Pueblo Europeo, Sirvo como un mecanismo de reparación para aquellos a los que se les niega el acceso a los documentos de la UE, lo que me permite ver de primera mano los beneficios, pero también las deficiencias del reglamento.

Una de esas deficiencias es que esta piedra angular de la transparencia de la UE proviene de una era radicalmente diferente, anterior a muchas herramientas de comunicación modernas, como los teléfonos inteligentes y la mensajería instantánea, y la aparición de los macrodatos.

Por lo tanto, la ley debe coincidir con la realidad actual y, al mismo tiempo, mantener sus puntos fuertes. También debe alinearse más estrechamente con los derechos de los ciudadanos consagrados en el Tratado de Lisboa, fomentar una mayor transparencia proactiva y tener en cuenta la importante jurisprudencia sobre transparencia.

Se trata de una cuestión de buen gobierno. Se trata de hacer que las instituciones públicas rindan cuentas a lo largo de toda la cadena de toma de decisiones de la UE. Ya se trate de la adquisición de vacunas, los fondos de recuperación de la UE o la toma de decisiones legislativas en el Consejo, esta ley de transparencia es crucial para los derechos de los ciudadanos europeos.

¿Hora de un cambio de imagen?

Entonces, ¿qué necesita revisión? A diferencia de la práctica en algunos estados miembros, la UE garantiza el derecho de acceso a los “documentos”, no a la “información”, y esta es una distinción fundamental. Si no existe ningún documento sobre un problema, se niega la información.

Mis investigaciones muestran que las instituciones luchan por adaptar sus obligaciones de grabación y divulgación a las realidades de las herramientas de comunicación modernas, ya que se utilizan cada vez más en toda la administración.

Por lo tanto, puede que sea hora de que los legisladores de la UE renueven este aspecto del Reglamento 1049/2001. Mientras tanto, he lanzado una iniciativa para mapear las prácticas en la administración de la UE relacionadas con la grabación de mensajería instantánea utilizada con fines profesionales.

Mayor transparencia

Los tribunales de la UE continúan fomentando una mayor transparencia por parte de las instituciones de la UE, especialmente en relación con los documentos relacionados con la elaboración de leyes. Esto no es solo de interés público, sino también de interés de las propias instituciones, reforzando la legitimidad del proceso legislativo de la UE.

Como Defensor del Pueblo, he hecho hincapié en esta cuestión en los últimos años y he recibido el apoyo del Parlamento Europeo, de muchos parlamentos nacionales y de grupos de la sociedad civil. Sigue siendo un trabajo en progreso.

En un caso importante, el tribunal determinó que el Consejo de la UE debería haber registrado las enmiendas propuestas a la legislación por las delegaciones de los estados miembros en el contexto de las negociaciones legislativas del consejo.

Una mayor transparencia en este ámbito, creo, ayudaría a abordar la cultura de “culpar a Bruselas” permitiendo que más ciudadanos se den cuenta de que son sus propios gobiernos los que deciden la legislación en Bruselas y no una “burocracia sin rostro”.

Acelerar las solicitudes de acceso

A nivel técnico, el procedimiento de dos pasos establecido en la ley para solicitar el acceso a los documentos, combinado con los plazos involucrados, puede ser engorroso y lento, y en ocasiones demora meses en procesarse.

Mi oficina ha acelerado nuestro propio trabajo sobre el acceso a los documentos de quejas, introduciendo un ‘procedimiento de vía rápida’ en 2018. El tiempo promedio para completar un caso es ahora un tercio de lo que era antes.

A pesar de esto, está claro que muchas de las personas que buscan acceso a los documentos enfrentan demoras que socavan su capacidad para usar los documentos que desean consultar. El acceso retrasado es el acceso denegado, y las instituciones de la UE deberían ser más sensibles a esta experiencia de los ciudadanos.

Fortalecimiento de la reparación

Cuando las personas que buscan acceso a los documentos se ven frustradas en sus esfuerzos, pueden acudir al tribunal, pero esto puede llevar mucho tiempo y resultar prohibitivamente costoso. El Defensor del Pueblo Europeo es, por tanto, un mecanismo de recurso más accesible para los ciudadanos.

Mi oficina tiene el poder de inspeccionar los documentos en cuestión. Cuando descubra que una institución no estaba justificada para denegar el acceso, puedo hacer una propuesta de solución durante una investigación, alentando a la institución a resolver rápidamente el asunto divulgando, parcial o totalmente, los documentos solicitados.

Cuando una institución insiste en retener el acceso, puedo hacer una determinación formal de mala administración y una recomendación para que la institución divulgue los documentos.

Si bien el cumplimiento de mis recomendaciones es alto, hay casos en los que algunas instituciones o agencias no han respondido positivamente.

En última instancia, la propia institución sigue siendo la guardiana de los documentos que posee. En algunos Estados miembros, los órganos de “comisarios de información” independientes y accesibles funcionan bien, y esto es algo sobre lo que los legisladores de la UE pueden desear reflexionar.

¿Más allá de los 20?

El Reglamento 1049/2001 ha sido un avance muy positivo en la transparencia de la UE y, en última instancia, en la rendición de cuentas, pero 20 años después, vale la pena reflexionar sobre cómo puede mejorarse y prepararse para el futuro.

La comunicación y los métodos de trabajo modernos, el calendario para acceder a los documentos y el fortalecimiento de la reparación son elementos que podrían servir para mejorar esta herramienta vital para garantizar la responsabilidad de las instituciones de la UE.