Hay dos tipos de daños: daños compensatorios y daños punitivos. El propósito de los daños es compensar a una persona por las pérdidas causadas por su lesión. Los Daños Punitivos, que raramente ocurren, están destinados a castigar al culpable.
daños y perjuicios
El propósito de la compensación es compensar las pérdidas resultantes de sus lesiones. Los daños se dividen además en dos categorías.
Daños especiales
El propósito de los daños especiales, a menudo denominados “daños especiales” o “especiales”, es compensar las pérdidas financieras causadas por su lesión. Estas pérdidas consisten en costos médicos y pérdida de ingresos.
gastos médicos
Las lesiones casi siempre requieren atención médica. Desafortunadamente, los costos del tratamiento pueden aumentar repentinamente. Tiene derecho a una compensación por todos los gastos médicos relacionados con sus lesiones. También tiene derecho a gastos médicos futuros, es decir, gastos médicos en los que espera incurrir una vez que se resuelva su caso. Las radiografías son un ejemplo de gastos médicos.
Ingresos perdidos
También tiene derecho a una compensación por salarios perdidos como resultado de su accidente. También tiene derecho a una compensación por esa pérdida si su lesión resulta en una discapacidad que limitará su capacidad para trabajar en el futuro.
Indemnización General
El propósito de los daños generales, a menudo denominados “daños genéricos” o “daños no económicos”, es compensar los efectos no financieros de su daño. Probar daños generales puede ser difícil, pero mantener registros completos puede ayudar.
Dolor y sufrimiento físico
Tiene derecho al reembolso de sus gastos médicos. Sin embargo, ese costo no tiene en cuenta la miseria y el dolor que sin duda causó su lesión.
estrés emocional
En algunas jurisdicciones, puede tener derecho a una compensación monetaria por la incomodidad emocional causada por su lesión. Sin embargo, al igual que el dolor y el sufrimiento físicos, la angustia emocional puede ser difícil de medir, y muchas jurisdicciones tienen límites sobre la cantidad de este daño que se le puede otorgar.
pérdida del consorcio
Si está casado, su pareja puede tener derecho a una compensación por la pérdida de la afiliación sindicada. Se basa en el principio de que es posible que la persona lesionada no pueda hacer tanta compañía a su cónyuge como antes del accidente. Estos daños son difíciles de calcular y, por lo general, solo ocurren en situaciones que involucran lesiones graves o una muerte trágica.