Las empresas de la UE deberían poder impedir que los trabajadores usen símbolos religiosos, como pañuelos en la cabeza, siempre que sus normas sobre neutralidad religiosa “se apliquen a todos los trabajadores de manera general e indiferenciada”, dictaminó el jueves el Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo. . El fallo se produjo en un caso belga en el que a LF, una mujer musulmana que usaba un pañuelo en la cabeza, se le negó una pasantía en SCRL, una empresa de vivienda social.
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