Por qué no se puede permitir que Hungría ocupe la presidencia de la UE

Por qué no se puede permitir que Hungría ocupe la presidencia de la UE

El jueves pasado, el Parlamento Europeo votó abrumadoramente para expresar su preocupación por la presidencia prevista de Hungría en el Consejo de la UE.

El estado deplorable de la democracia húngara ya es ampliamente conocido. Desde 2010, el primer ministro Viktor Orbán y su partido Fidesz han socavado sistemáticamente los principios e instituciones que sustentan la gobernabilidad democrática.

Han trabajado para restringir valores de la UE como la libertad académica, la igualdad de género y los derechos LGBTI+, más recientemente en su copia y pegado de la ley rusa, que prohíbe la visibilidad de la comunidad LGBTI+ en los espacios públicos.

Un principio fundamental de cualquier democracia son las elecciones libres y justas. Bajo el liderazgo de Orbán, esta norma democrática ha dramáticamente erosionado. Se han manipulado las leyes electorales, abundan los gerrymandering y se ha suprimido el pluralismo de los medios.

Para las elecciones nacionales más recientes, el OSCE concluyó que había una “falta fundamental de igualdad de condiciones” en Hungría. Por estas razones, el Parlamento Europeo concluyó el año pasado que Hungría era un autocracia electoral

.

Si ahora Hungría presentara una solicitud par a unirse a la UE, se quedaría miserablemente corta en el cumplimiento de los Criterios de Copenhague.

Como estado no democrático, Hungría no es apta para ser presidente del Consejo. Además de la parodia simbólica de un estado autocrático que preside una de las instituciones centrales de la UE, existen dos problemas centrales.

La primera es que existe un claro conflicto de intereses.

Después de años de titubeos y apaciguamientos, finalmente se están tomando medidas firmes contra Hungría por desmantelar la democracia. El nuevo mecanismo de condicionalidad presupuestaria, establecido específicamente para evitar el retroceso del estado de derecho, se ha utilizado para retener miles de millones en fondos de la UE al gobierno de Fidesz. Las acciones de infracción han dado lugar a nuevas sanciones. Y, por supuesto, está en curso un procedimiento del artículo 7.

Tener a Hungría como presidente del Consejo de la UE tendría la absurda implicación de que Hungría preside las reuniones sobre su propia decadencia democrática. Si esto sucediera, la credibilidad del consejo se vería seriamente socavada.

Por no hablar de la autoridad de la UE hacia los países en la sala de espera de la UE: ¿cómo podemos exigirles reformas con un país no democrático al frente del Consejo?

La segunda es que Hungría podría usar la presidencia para socavar la cooperación europea en áreas clave, como el asilo y la migración. Ya es un hecho que el gobierno de Fidesz amenaza con vetar decisiones cruciales de la UE, como la ayuda a Ucrania. El poder de establecer la agenda que viene con la presidencia del consejo solo aumentaría su margen de maniobra en tales áreas.

La presidencia también tiene la tarea de representar al consejo en sus relaciones con el parlamento europeo y la comisión, y negociar en nombre del consejo sobre la legislación de la UE.

¿Quién duda de que Hungría utilizaría estos roles para promover su visión política iliberal de Europa? Solo piense en las formas creativas en que los líderes autocráticos alineados con Orbán obtendrían más acceso a la UE.

Lo que empeora las cosas es que el calendario de la presidencia húngara prevista (de julio a diciembre de 2024) es especialmente delicado. Con las elecciones al Parlamento Europeo en junio de 2024, este es exactamente el período en el que se cubren los puestos clave de la UE y se da forma a la dirección política de la Unión.

Los críticos (y por supuesto el gobierno húngaro) dicen que a pesar de esto no se puede hacer nada. La presidencia húngara supuestamente está grabada en piedra por el principio de ‘rotación equitativa’ del artículo 16 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Maldita sea la democracia.

Pero este principio nunca se ha enfrentado con un estado no democrático que quiera asumir la presidencia del consejo. El precedente no es un argumento derribador ya que no hay precedente para esta situación. Además, se puede interpretar que el propio TUE proporciona cierta flexibilidad aquí, ya que el otro lugar donde se menciona la “rotación igualitaria” —el artículo 17, apartado 5— exige una rotación estrictamente igualitaria, una exigencia que falta en el artículo 16.

Tres posibles soluciones

Entonces, ¿qué puede hacerse? El La Comisión Meijers publicó un informe recientemente sobre exactamente esta pregunta. Sugieren tres posibles respuestas.

La primera opción, la más suave, sería que Hungría dejara de presidir cualquier reunión sobre su violación de los valores fundamentales de la UE y cualquier papel representativo de otros estados miembros (socios de la ‘troika’). Si bien esto requeriría la cooperación de Hungría, esto podría ser un compromiso.

La segunda opción sería que los estados miembros del Consejo cambiaran el orden de las Presidencias del Consejo para retrasar la Presidencia de Hungría. Esto podría ganar tiempo para una solución más estructural.

La respuesta más contundente sería que los estados miembros del Consejo Europeo utilizaran el artículo 236 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea para cambiar las reglas sobre la presidencia del consejo. Podrían adoptar una nueva regla que insista en que los estados miembros con procedimientos del Artículo 7 en su contra no pueden ser presidentes del consejo.

Independientemente de la ruta que tomen los estados miembros, es vital que actúen con rapidez y decisión. Permitir que Hungría asuma la presidencia del consejo de la UE amenaza los valores fundamentales de la UE, su integridad institucional y su legitimidad democrática.

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